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Ayudas en Iruñea para familias con menores de 0 a 12 años para conciliar vida laboral y familiar

El Ayuntamiento de Iruñea ha convocado ayudas para apoyar a las familias con menores de 12 años para conciliar la vida laboral, familiar y personal. La convocatoria, dotada con 12.000 euros, tiene como objetivo colaborar con el pago de la guardería, de los servicios de atención matutina o vespertina o también con la atención en el domicilio de los menores, mientras los padres, madres o tutores legales están trabajando o realizando formación para el acceso al empleo, o deban cuidar también de personas adultas o mayores dependientes.

El Ayuntamiento de Iruñea convoca ayudas para familias con menores de 0 a 12 años para compatibilizar vida laboral y familiar.
El Ayuntamiento de Iruñea convoca ayudas para familias con menores de 0 a 12 años para compatibilizar vida laboral y familiar.

Esta convocatoria de ayudas responde al interés del Área de Acción Social por arbitrar políticas apropiadas para cubrir las necesidades de familias con menores a su cargo. En este sentido, se tienen en cuenta diversos factores, como la insuficiencia de plazas en la red de escuelas infantiles públicas, la posibilidad de atención en el domicilio así como la necesidad de hacer uso de otro tipo de servicios, por incompatibilidad entre los horarios escolares y los horarios laborales de sus responsables.

La convocatoria se dirige a familias con menores de 0 a 12 años, si bien se incluyen también los menores hasta 16 años en caso de que presenten una discapacidad igual o superior al 33%. El anuncio de la convocatoria se publicó en el Boletín Oficial de Nafarroa número 69 de 11 de abril, y las bases pueden consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

El plazo abarca el año 2018. No obstante, las solicitudes presentadas con posterioridad al 31 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2018 se tramitarán con cargo al presupuesto del 2019 y teniendo en cuenta los criterios establecidos en la convocatoria del ejercicio 2019 (quedando en todo caso supeditadas a la aprobación de una nueva convocatoria y, por tanto, a la existencia de crédito en el presupuesto siguiente).

Ayudas para atención en casa, escuela o servicio de conciliación
Las bases de la convocatoria establecen distintos tipos de ayudas según los tramos de edad de los menores. De 0 a 3 años, con las ayudas se puede apoyar el pago del abono de la matrícula y del coste de la atención en la escuela infantil privada en horarios que permitan la  conciliación de la vida familiar y laboral, o al cuidado del niño en el domicilio a partir de las 16 semanas de vida y hasta su incorporación al centro escolar a los 3 años cuando no existe oferta de guardería pública en el horario en que la familia necesita compatibilizar la atención del menor con la jornada laboral. Las subvenciones para el pago de guardería privada tienen carácter subsidiario respecto a la concesión de plaza en las escuelas infantiles públicas.

En el caso de menores de 3 a 12 años, o menores hasta 16 años con discapacidad, hay subvenciones para la atención del menor en el domicilio, para los casos en que los responsables tengan jornada laboral de mañana y no exista apoyo natural. Este servicio cubriría el horario comprendido desde la salida del domicilio de los responsables de los menores y el inicio del aula matutina, colegio o servicio de conciliación en períodos de vacaciones.

De la misma manera, se cubriría también el periodo de tiempo desde la salida del menor del colegio o aula vespertina en periodos vacacionales hasta la llegada al domicilio de las personas responsables de menores, y el horario en fin de semana o festivos cuando los responsables trabajen. Las ayudas también se contemplan para el pago de servicios comunitarios de atención matutina o vespertina, ante la incompatibilidad de los horarios que ofrecen los centros de educación y los horarios laborales de los padres, madres o responsables.

Requisitos y criterios de valoración
Las solicitudes se pueden presentar en las unidades de barrio y en aquellos otros programas y servicios del Área de Acción Social que intervengan con las familias susceptibles de ser beneficiarias de las ayudas. Tanto las personas solicitantes como las beneficiarias deberán tener vecindad efectiva y estarán empadronados en Iruñea con una antigüedad no inferior a seis meses, excepto en los de casos riesgo moderado del menor contempladas y descritas en las bases.

Deberán ser, además, padres o tutores legales de menores hasta los 12 años inclusive (o hasta 16 años en caso de tener algún tipo de discapacidad igual o superior al 33%); carecer de medios económicos propios superiores a los establecidos en la convocatoria, así como de apoyo familiar con la el que hacer frente a la situación. Por último, presentarán la documentación requerida y se comprometerán a cursar solicitud de plaza en una escuela infantil pública en el plazo anual correspondiente.

El acceso a estas ayudas no viene determinado exclusivamente por el baremo económico, ya que prevalecerán criterios técnicos de prevención, oportunidad, urgencia o similares, establecidos por el correspondiente personal técnico municipal. Además se valorará la incorporación al trabajo de los padres, tutores o personas responsables del menor, su inclusión en programas de formación para el acceso a un trabajo o que la solicitud se adecue a los conceptos objeto de subvención. La cuantía de las ayudas viene determinada en las bases y tiene en cuenta el baremo, por ejemplo, del número de miembros de la familia y la renta.