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Prohibido entrar en la Plaza de Toros en 1915 con máquinas cinematográficas

El intento de poner coto a las grabaciones del encierro viene de lejos, puesto que ya en 1915 se anunciaba al público que estaba «terminantemente prohibido entrar en la Plaza de Toros con máquinas o aparatos de impresionar películas cinematográficas». Con esta prohibición ascendemos el tercer peldaño de la escalera sanferminera.

Un corredor toma imágenes del encierro. (Iñigo URIZ/FOKU)
Un corredor toma imágenes del encierro. (Iñigo URIZ/FOKU)

Con el paso de los años y el desarrollo de las tecnologías, esta cuestión se ha ido complicando ante la proliferación de aparatos de tamaño reducido que pueden llegar a portar, por ejemplo, los corredores del encierro, algunos de los cuales han sido incluso sorprendidos llevando una cámara sujeta en la cabeza.

Esta práctica está prohibida en la Ordenanza del encierro. En su artículo 4, se señala que está «taxativamente prohibido y será objeto de denuncia» el empleo de «cualquier medio grabador de imagen o sonido, incluso aparatos de telefonía móvil, dentro del recorrido o de los vallados reservados, sin la debida autorización».

En aquellos años también se cobraba por sentarse en determinados lugares de la plaza durante el encierro. En general, la entrada al coso era libre y gratuita, a excepción de los palcos, para cuya localidad se debía sacar el correspondiente billete y que tenía un precio de 55 céntimos de peseta por asiento.