Naiz

Tan solo tres personas pueden asistir a cada cremación o entierro en el cementerio de Iruñea

El Ayuntamiento de Iruñea ha anunciado que el número de familiares o allegados que pueden asistir a cremaciones y enterramientos en el Cementerio Municipal San José se limita a tres por fallecimiento.

Cementerio de Iruñea. (Iñigo URIZ/FOKU)
Cementerio de Iruñea. (Iñigo URIZ/FOKU)

El Consistorio recuerda que han quedado prohibidos todos los velatorios en la ciudad, sean en instalaciones públicas o privadas, así como en los domicilios particulares. Asimismo, se aplazan las celebraciones de cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres hasta el fin del estado de alarma.

Finalmente, en el Cementerio Municipal San José solo podrán participar tres familiares o allegados, además del ministro de culto o persona asimilada, en la comitiva para el enterramiento o en la despedida para la cremación de una persona fallecida, sea o no por coronavirus. En todo caso, todos ellos deberán mantener siempre la distancia de protección mínima entre ellos.

El Ayuntamiento de Iruñea añade que hará cumplir esta reglamentación conforme a la orden del Ministerio español de Sanidad por la que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el Covid-19 en relación con velatorios y ceremonias fúnebres.

La orden ministerial hace también referencia a la situación de los consumidores ante los servicios funerarios durante el estado de alarma recordando que los precios no podrán ser superiores a los vigentes con anterioridad al 14 de marzo de 2020.

Si alguna empresa hubiera cobrado un precio superior a lo previsto en esa fecha, deberá devolver ‘de oficio’ al consumidor la parte indebidamente satisfecha y, si no puede llevarlo a cabo, deberá dejar constancia de haberlo intentado. En todo caso el consumidor tendrá 6 meses para reclamarlo. Habrán de devolverse, asimismo, los importes de servicios o productos contratados que no puedan ser disfrutados o entregados al usuario, debido al estado de alarma.

Las empresas de servicios funerarios deberán presentar al consumidor un presupuesto desglosado por cada concepto y con la lista de precios vigentes antes del 14 de marzo de 2020; lo que deberá mantenerse incluso resulte necesario realizar actuaciones específicas como consecuencia del coronavirus.

El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones será sancionado conforme a Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.