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El Ayuntamiento incrementa en un 18,75% la partida del Bono Taxi

Este año la partida destinada por el Ayuntamiento de Iruñea para el Bono Taxi sube en 30.000 euros hasta llegar a los 190.000. Estas ayudas están destinadas a proporcionar un medio alternativo de transporte adaptado a personas afectadas por una grave dificultad para utilizar el transporte urbano colectivo.

En los últimos años se ha ido produciendo un incremento paulatino de las solicitudes, siendo el mayor el de 2016 en el que se han podido beneficiar de la ayuda 325 personas, mientras que en 2015 fueron 270 personas.

La idea de este programa es regular ayudas individuales, en forma de tarjeta bono-taxi (tarjeta monedero electrónica desde 2013), para que las personas discapacitadas con dificultades para la utilización del transporte urbano colectivo puedan usar el taxi como medio de transporte adaptado.

Se trata así de favorecer el desplazamiento en la ciudad de las personas afectadas en su movilidad ayudándoles a desarrollar una vida independiente y, en consecuencia, disfrutar de los mismos derechos en las mismas condiciones que los demás ciudadanos.

La convocatoria de estas ayudas se publicará próximamente en el Boletín Oficial de Nafarroa y sus bases recogen dos novedades más: se abre la posibilidad de aumentar la consignación global si existiera excedente en otras partidas del área, dado que este año con la dotación sólo se pudo cubrir las peticiones realizadas hasta julio, y se ha regulado una reducción de un 10% para las personas usuarias que posean tarjeta de aparcamiento para discapacitados al entender que, por ello, tienen cierta disponibilidad de desplazarse en vehículos de familiares. Esta última previsión no afectará a las personas beneficiarias que vivan en residencias, trabajen o estudien.

Este programa municipal funciona desde los años 90. En los últimos cinco años el número de personas usuarias ha pasado de las 220 en 2012 a las 325 del primer semestre de 2016, momento en que se agotó la partida presupuestaria prevista para que las personas que ya tenían concesión pudieran beneficiarse de la prestación hasta finales de año. En el año 2006 el programa tenía 132 usuarios.

Desplazamientos dentro del término de Iruñea
Los bono-taxis serán de uso personal e intransferible y se expedirá en forma de tarjeta-monedero electrónica. Podrán utilizarse en cualquier tipo de taxi del servicio público del Ayuntamiento de Iruñea para desplazamientos dentro del término municipal y a centros sociosanitarios o socioeducativos dentro del Área de transporte Público de la Comarca.

A la petición del taxi, la persona beneficiaria deberá advertir con antelación de la utilización de esa tarjeta monedero y estará obligado a presentar, a solicitud de los taxistas, su identificación personal mediante DNI u otro documento que la acredite. En la resolución emitida por el centro de reconocimiento de discapacidad deberá constar la dificultad de movilidad del solicitante para utilizar el transporte colectivo.

¿Quién puede solicitar el servicio?
Para ser beneficiaria de la ayuda convocada se debe estar empadronada en Iruñea desde el 1 de enero de 2016 y permanecer de alta en el Padrón Municipal mientras se perciba la ayuda.
Además, se deberá tener reconocida una discapacidad que, en grado igual o superior al 33%, le dificulte gravemente el acceso al transporte colectivo y así se acredite en el Certificado Oficial de Discapacidad. La persona beneficiaria no deberá poseer carné de conducir o, habiéndolo tenido, no podrá encontrarse en condiciones físicas para conducir derivadas de su discapacidad; no podrá poseer vehículo propio adaptado para la conducción por persona con discapacidad motora, en el supuesto de solicitantes mayores de 18 años.

Finalmente la unidad familiar no podrá superar los ingresos anuales detallados en las bases en relación a la última declaración del IRPF y el IPREM, ni tendrá un patrimonio superior a 150.000 euros, exceptuando el valor de su vivienda habitual.

Todas las personas interesadas en estas ayudas pueden presentar las solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento, en sus registros auxiliares o en cualquiera de los previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de solicitud comenzará al día siguiente de la publicación de las bases en el BON y abarca todo el periodo de vigencia de la convocatoria, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2017. Las solicitudes presentadas con posterioridad al 31 de octubre de 2017 quedan supeditadas al presupuesto y a la convocatoria de 2018.